FAQ

Preguntas frecuentes sobre sucesiones

Respuestas claras a las preguntas más frecuentes. Si no encuentras la tuya, escríbenos o llama a Lorenzo: respondemos a todos.

Primero las dudas que te frenan

Se puede hacer gratis por uno mismo: por qué conviene delegar igualmente.

¿Puedo hacerlo gratis yo solo en el sitio de la Agenzia?

Sí, existe la sucesión precompilada gratuita y es una opción honesta. Pero requiere SPID y competencia: no valida los datos catastrales y los posibles errores (y sanciones) quedan a tu cargo.

Entender la sucesión

¿Qué es la declaración de sucesión?

Es el cumplimiento fiscal con el que se comunica a la Agenzia delle Entrate el patrimonio del fallecido transferido a los herederos. Debe presentarse normalmente en 12 meses desde el fallecimiento.

¿Hasta cuándo hay que presentarla?

Generalmente en 12 meses desde la fecha del fallecimiento. Presentarla tarde puede conllevar sanciones: nos encargamos nosotros en los plazos correctos.

Costes e impuestos

Cuánto cuesta, qué incluye y cómo funcionan los impuestos.

¿Cuánto cuesta vuestro servicio?

Honorarios fijos sin IVA que añadir: Simple 290€ (solo liquidez) o Completo 490€ (hasta 3 inmuebles). Si el caso es más complejo, presupuesto a medida. Los impuestos del Estado son aparte, a cargo del heredero, y los calculamos antes del envío.

¿Los impuestos están incluidos en el precio?

No: el precio del paquete son los honorarios profesionales. Los impuestos (sucesión, hipotecario, catastral, timbres) se pagan con F24 y son aparte. Los calculamos nosotros antes.

¿Qué es el beneficio de primera vivienda en sucesión?

Si al menos un heredero cumple los requisitos de primera vivienda sobre el inmueble heredado, los impuestos hipotecario y catastral se pagan en cuota fija (200 euros cada uno) en lugar de porcentaje sobre el valor catastral. Verificamos nosotros si te corresponde y lo indicamos en la declaración.

Cómo funciona

¿Tengo que ir a alguna oficina?

No. Cuestionario, documentos, comunicaciones y envío a la Agenzia son en línea. Siempre hay una llamada con Lorenzo para explicártelo todo.

¿Qué documentos hacen falta?

Depende de tu caso: te damos una lista personalizada. Siempre hacen falta el certificado de defunción, los documentos de los herederos y el IBAN del heredero. Si falta algo, a menudo podemos conseguirlo nosotros (notas simples, actos de procedencia).

Documentos y Área personal

El proceso, los documentos y los plazos, paso a paso.

¿Puedo subir los documentos con fotos del móvil?

Sí. En el Área personal puedes subir PDF, JPG o PNG (también fotos hechas con el móvil), hasta 10 MB cada uno y hasta 10 archivos por ítem de la checklist. Para anverso/reverso o documentos multipágina basta subir más fotos en el mismo ítem.

¿Hay modelos listos para descargar y cumplimentar?

Sí. Bajo algunos ítems de la checklist encontrarás modelos listos (por ejemplo la declaración sustitutiva del certificado de defunción y estado civil del fallecido, o la autocertificación del estado civil de cada heredero): los descargas, cumplimentas, firmas y vuelves a subirlos.

¿Qué pasa si se rechaza un documento?

Lorenzo lo verifica uno a uno. Si algo no va bien (foto borrosa, página faltante, documento incorrecto) el ítem vuelve a «a rehacer» con una nota que explica qué corregir: subes el archivo correcto y el expediente continúa sin empezar de cero.

¿Cómo sé cuándo los documentos están correctos?

En el Área personal ves el estado de cada ítem (por subir, subido, aprobado, a rehacer). Cuando termines pulsa «He terminado»: recibes actualizaciones por correo en cada paso y siempre puedes ver en qué punto está el expediente.

Después del servicio

¿Qué recibo al final del expediente?

Recibo de presentación/registro, copia de la declaración, resultado F24 y, donde corresponda, resultado de la voltura catastral, además de nuestra factura.

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